Multa y DGT son palabras que hay que mirar con lupa cuando las vemos en los medios. Una de las últimas veces que las hemos visto seguida una de otra ha sido han llegado relacionadas con “la bola del remolque”. Y, una vez más, muchas de las informaciones no son del todo ciertas.
Es muy probable que hayas visto repetido por redes sociales y algunos medios de comunicación que la DGT ya tiene una nueva multa para castigar el uso de bolas de remolque. Informaciones que apuntan a 400 euros de multa.
Como diría Mariano Rajoy: “no es cierto, salvo alguna cosa”.
La bola de remolque, los 400 euros euros y una supuesta multa
Llevar un remolque en el coche no es algo que debamos hacer a la ligera. La DGT obliga que para incluir una bola de remolque en el coche debamos pasar el trámite de homologarla como una reforma de importancia en el vehículo, ya que ésta sobresale del mismo y es la encargada de llevar un aparato con ruedas cargado con peso a la espalda de los conductores.
Estas bolas de remolque (sean o no retráctiles) tienen que ser obligatoriamente homologadas. Es decir, debemos acudir a un taller homologado y, posteriormente, pasar un examen en la ITV en los 15 días posteriores. Superado este trámite, solicitar un nuevo Permiso de Circulación donde quede reflejada la modificación.
Sin embargo, esto no es nuevo e incumplir con ello es motivo de sanción. Concretamente, se sancionará con 200 euros (infracción grave) “circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos”, como se puede leer en la Ley de Tráfico.
Es decir, si hemos instalado una bola de remolque pero no la hemos homologado, la DGT nos puede sancionar con 200 euros. Además, si esa misma bola de remolque dificulta la visualización de la matrícula, nos enfrentaremos a otros 200 euros de multa. Entre las infracciones graves, la Ley de Tráfico recoge lo siguiente: “Incumplir la obligación de todo conductor de verificar que las placas de matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación”.
Además, tenemos que tener en cuenta dos cosas más. La primera es que no existen multas de 400 euros. Las infracciones graves se castigan con 200 euros y las muy graves con, al menos, 500 euros de sanción. Lo segundo es que la DGT no sanciona a los conductores que circulen sin remolque pese a llevar la bola instalada. Sería absurdo en el caso de instalar un sistema que no sea retráctil.
Por lo tanto, la DGT “no ha comenzado a multar” ni tampoco “multa con 400 euros por llevar la bola del remolque sin utilizar”. En todo caso, se podrían sumar 200 euros de multa si el vehículo carece de la modificación pertinente y, además, tapa la placa de la matrícula.
Foto | Salah Ait Mokhtar
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La noticia
La DGT no tiene ninguna nueva multa de 400 euros por llevar una bola de remolque. Pero sí hay que cumplir algunas obligaciones
fue publicada originalmente en
Xataka
por
Alberto de la Torre
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